¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES EXIGIBLE A UNA MÁQUINA?
El empresario/usuario, para asegurarse del cumplimiento de las disposiciones legales por parte del fabricante, importador o suministrador, deberá exigirle la documentación pertinente según la disposición aplicable: • Si es de aplicación la actual Directiva Máquinas 2006/42/CE, el fabricante, importador o suministrador de la máquina deberá entregar la máquina con: – su correspondiente marcado CE, – – la declaración CE de conformidad y – – el manual de instrucciones original y copia del original en castellano (si el original está en otro idioma). • Si era de aplicación la antigua (actualmente derogada) Directiva Máquinas 98/37/CE, el comercializador de la máquina deberá entregar la máquina con: – su correspondiente marcado CE, – – la declaración CE de conformidad y – – el manual de instrucciones original y copia del original en castellano (si el original está en otro idioma) Autorización de uso y manejo. Libro de Registro y Mantenimiento Inspección Técnica del Vehículo (ITV) y Permiso de Circulación en el caso de vehículos matriculados. Documentación específica en función de la Legislación estatal o local que le aplique (grúas torre, carné de operador, organismo de control autorizados, etc) Certificado de formación teórico-práctico de todos los trabajadores que vayan a hacer uso de ese equipo Share on facebook Share on twitter Share on linkedin Share on whatsapp