El 19 de diciembre de 2019 del III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal , introduce una serie de modificaciones que afectan, entre otros, al plazo de cumplimiento del mismo y a la formación de reciclaje establecida en el II Convenio.
El anterior convenio venía a decir que todos los trabajadores que trabajaran en obras de construcción debían tener acreditada la formación presencial de 20 horas, pero el cambio de convenio nos inidica que TODAS LAS EMPRESAS DEL SECTOR DEL METAL TRABAJEN O NO EN OBRA, deben tener la formación presencial y obligatoria de 20 horas.

A destacar también que éste requisito deben cumplirlas  las empresas del sector del siderometal y empresas que ofrecen servicios al sector del metal.La formación mínima obligatoria es:

  • Directivos: formación de 6 horas en modalidad online o presencial.
  • Personal de oficina: formación de 6 horas en modalidad online o presencial.
  • Oficios (trabajadores del área de producción y mantenimiento): formación de 20 horas en modalidad presencial
  • Nivel básico, 60 horas.
  • Formación de Reciclaje: Tendrá una duración mínima de 4 horas que será impartida cada 4 años.También se impartirá, antes de la incorporación al puesto de trabajo, en el caso de que el trabajador haya estado de manera continuada alejado del sector durante al menos un año.

Por tanto  las empresas ya tendrán que tener para el 1 de octubre de 2021 a todos sus trabajadores formados según el Anexo II del convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal y comenzará por tanto también el plazo para reciclar dicha formación.

Para más información consulte con su técnico, le daremos indicaciones, plazos, convocatorias, etc para poder ayudarles a cumplir con la legislación vigente. En EUROPREVEN ALCALÁ estamos acreditados para impartir la formación de convenio.

¡SUSCRÍBETE!

×