¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES EXIGIBLE A UNA MÁQUINA?

El empresario/usuario, para asegurarse del cumplimiento de las disposiciones legales por parte del fabricante, importador o suministrador, deberá exigirle la documentación pertinente según la disposición aplicable:

• Si es de aplicación la actual Directiva Máquinas 2006/42/CE, el fabricante, importador o suministrador de la máquina deberá entregar la máquina con:

          su correspondiente marcado CE,

          – la declaración CE de conformidad y

          – el manual de instrucciones original y copia del original en castellano (si el original está en otro idioma).

• Si era de aplicación la antigua (actualmente derogada) Directiva Máquinas 98/37/CE, el comercializador de la máquina deberá entregar la máquina con:

          su correspondiente marcado CE,

           – la declaración CE de conformidad y

          – el manual de instrucciones original y copia del original en castellano (si el original está en otro idioma)

Autorización de uso y manejo.

Libro de Registro y Mantenimiento

Inspección Técnica del Vehículo (ITV) y Permiso de Circulación en el caso de vehículos matriculados.

Documentación específica en función de la Legislación estatal o local que le aplique (grúas torre, carné de operador, organismo de control autorizados, etc)

 

Certificado de formación teórico-práctico de todos los trabajadores que vayan a hacer uso de ese equipo

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