Es algo que, en el entorno laboral, solemos pasar por alto: la salud de los pies en el trabajo.
En sectores como la logística, la construcción o la hostelería, los pies soportan cargas, impactos y jornadas enteras de pie. Sin embargo, muy pocas empresas incluyen este riesgo de forma explícita en su evaluación preventiva.
Cuando se piensa en riesgos laborales, la mente va directa a caídas, cortes o exposición química. Los problemas derivados de un mal calzado o de la bipedestación prolongada rara vez aparecen en la conversación, a pesar de generar bajas reales.
Fascitis plantar, varices, lumbalgias asociadas a una mala pisada o lesiones por impacto de objetos son consecuencias frecuentes en perfiles que pasan la jornada de pie o expuestos a riesgos físicos directos sobre los pies.
Permanecer de pie durante toda la jornada, algo habitual en hostelería, comercio o líneas de producción, sobrecarga la circulación, la columna y las articulaciones. A medio plazo puede derivar en trastornos musculoesqueléticos crónicos.
Este riesgo debe evaluarse igual que cualquier otro factor ergonómico, dentro del marco general de la seguridad en el trabajo de la empresa, y no tratarse como una simple molestia inevitable del puesto.
El artículo 17 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es claro: el empresario debe proporcionar de forma gratuita los equipos de protección individual necesarios cuando el riesgo no pueda eliminarse por otros medios.
El Real Decreto 773/1997 desarrolla esta obligación para todos los EPI, incluido el calzado de seguridad, y exige tres pasos concretos que muchas empresas omiten.
Un dato importante: la infracción existe aunque no se haya producido ningún accidente. No entregar el calzado adecuado o no documentar su entrega ya es motivo de sanción ante una inspección de trabajo.
El calzado protege, pero no sustituye a un entorno seguro. El Real Decreto 486/1997 sobre lugares de trabajo obliga a mantener suelos antideslizantes, libres de obstáculos y correctamente señalizados en zonas de riesgo.
Combinar un buen calzado con superficies adecuadas reduce de forma notable los accidentes por resbalones y caídas, una de las causas más comunes de baja laboral en España.
No todos los problemas relacionados con los pies se resuelven con un EPI. Cuando aparecen síntomas persistentes, dolor crónico o alteraciones circulatorias, el asunto entra en el terreno de la salud laboral propiamente dicha.
Aquí es donde entra la vigilancia de la salud: los reconocimientos médicos periódicos permiten detectar a tiempo estos trastornos antes de que deriven en una baja prolongada o en una lesión crónica.
Cualquiera de estos signos, si se repite en varios trabajadores de un mismo puesto, debería activar una revisión del riesgo, no tratarse como algo individual.
Además del impacto en la salud del trabajador, ignorar este riesgo tiene consecuencias directas: bajas médicas, rotación de personal y, en caso de inspección, sanciones económicas según la gravedad del incumplimiento.
Frente a ese coste, evaluar el riesgo, entregar el calzado adecuado y activar revisiones médicas periódicas es, con diferencia, la opción más económica y responsable.
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